ALERTA Anticorrupción
El XXIV Gobierno de Portugal, recientemente juramentado, revisó el actual Código de Conducta, que sufrió importantes cambios.
Su alcance ahora cubre:
(i) todos los dirigentes de la Administración Pública bajo la dirección del Gobierno; y
(ii) todos los directores y gerentes de institutos y empresas públicas.
Cabe recordar que, en la versión anterior, los citados individuos sólo estaban vinculados indirectamente, “a través de las directrices transmitidas por el miembro del Gobierno que ejerce sobre ellos las facultades de control”.
El nuevo Código prevé también la adopción de un Plan de Prevención de Riesgos de Corrupción y Delitos Conexos, así como la implantación de un canal de denuncia interno.
El instrumento también somete la comunicación pública, incluso en las redes sociales, a los principios generales. Estos principios incluyen la integridad y la honestidad.
Además, el Primer Ministro ahora puede solicitar a los servicios competentes que emitan un dictamen sobre la posible existencia de conflictos de intereses de los miembros del Gobierno, incluso antes de su nombramiento. Además, los miembros del gabinete deben comunicar cualquier conflicto de intereses al ministro respectivo.
El Código mantiene el límite de ofertas e invitaciones en 150€. En caso de duda sobre el valor de la oferta o invitación, se podrá solicitar una evaluación a la Unidad de Transparencia de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Finalmente, cabe destacar la previsión expresa del despido como posible consecuencia de responsabilidad política derivada de una violación grave o reiterada del instrumento.
Como curiosidad, cabe señalar que también se aprobó el Reglamento del Consejo de Ministros en la misma fecha. En este documento se establece que los enunciados normativos sean simples, claros, precisos y en tiempo presente - lo que no se verifica en el Régimen General de Prevención de la Corrupción.
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