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El Constitucional español resuelve sobre la responsabilidad sucesoria de las entidades

ALERTA Antiblanqueo


El pasado 19 de enero, el Tribunal Constitucional de España ("TC") resolvió recurso de amparo interpuesto por una sociedad que había sido condenada por inobservancia de la normativa sobre blanqueo de capitales.


En concreto, la compañía recurrente fue condenada por la vulneración de ciertas obligaciones en materia de prevención por parte de una entidad de crédito absorbida por esta.


Según el TC, la transmisión en bloque del negocio incluye la transferencia de la responsabilidad sobre cualquier vulneración de las obligaciones en materia de prevención de delitos, y, en el caso concreto, de blanqueo de capitales. El tribunal basó su conclusión en la identidad económica sustancial entre las entidades absorbente y absorbida.


La sentencia es clara al afirmar que resulta irrelevante si se obtuvo o no algún beneficio de la conducta infractora por parte de la sociedad absorbente. De hecho, según afirma el tribunal, el beneficio obtenido juega exclusivamente como criterio de graduación de las sanciones aplicables.


Esta resolución refuerza la necesidad de elaborar una due diligence y análisis exhaustivos en matéria de cumplimiento, incluso en el marco de operaciones de M&A (fusiones y adquisiciones).


El texto íntegro de la sentencia puede ser consultado aquí.


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